En concordancia a lo indicado en los párrafos antecedentes, la Constitución de la República del
Ecuador establece:
Art. 281.- La soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado
para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la
autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiados de forma permanente.
Para ello, será responsabilidad del Estado:
(...)